Hasta el 1 de diciembre de 2013, los premios de la Lotería estaban exentos de impuestos. Desde dicha fecha, a cualquier premio de Lotería cuya cantidad exceda los 2.500 euros se le aplicará una retención del 20%. Esta retención del 20% se ingresará en Hacienda por parte de la entidad organizadora del sorteo: Loterías y Apuestas del Estado (LAE). La persona que obtenga el premio de la Lotería, recibirá el importe del premio con el impuesto ya aplicado.
¿Cuánto cobraré realmente por un décimo de Lotería premiado?
Por ejemplo, si el décimo de Lotería que nos ha tocado está premiado con 10.000 euros, sólo se tributará por los 7.500 euros recibidos. Hacienda se queda directamente con 1.500 euros que corresponden al impuesto del 20%.
Si tienes un décimo de lotería premiado, recuerda que dispones de un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la celebración del sorteo para poder cobrarlo. A partir de la percepción de nuestro premio, solo se tributará por los rendimientos generados del dinero recibido.
¿Afecta un premio de Lotería a mi declaración de la Renta?
El dinero percibido por el premio de Lotería y la retención que se le ha aplicado, no es necesario volver a incluirlo en la declaración de la Renta. El agraciado con el premio de la Lotería, solo tributará por los rendimientos generados del importe recibido ante Hacienda.
El hecho de que la cuantía de los premios no se incluya en la base imponible del IRPF, implica que al agraciado de la Lotería no le afectará a la hora de solicitar algún tipo de prestación asistencial o no contributiva, una beca o cualquier otra ayuda pública cuyo requisito sea la renta.
¿Qué pasa si el premio del décimo de Lotería es compartido?
En primer lugar, es recomendable ser prudente y redactar el acuerdo sobre el papel especificando qué cantidad juega cada persona de los que comparten dicho décimo de Lotería y que dicho documento esté firmado por todos los pagadores.
El importe exento de impuestos del décimo de Lotería compartido se calculará en función del número de personas que lo compartan. El límite exento para cada uno será de 2.500 euros.
Fiscalidad de un décimo premiado de Lotería que pertenece a una sociedad o persona jurídica
En el caso de que resultase agraciada con el premio de Lotería una persona jurídica o sociedad, con independencia de su naturaleza, no podrá aplicarse el límite exento de impuestos. La totalidad del premio de Lotería (excepto la retención del 20%) quedará integrada directamente en su base imponible del Impuesto de Sociedades.
Tengo un décimo de lotería premiado ¿Dónde puede cobrarlo?
Si tu décimo de Lotería tiene un premio inferior a los 2.500 euros, puedes cobrarlo desde el día siguiente del sorteo en los distintos puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado.
Los décimos de Lotería premiados con importes iguales o superiores a los 2.500 euros deben obrarse en las entidades financieras concertadas.
Consultar entidades financieras